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dc.contributor.authorFlorio, Eduardo R.
dc.date.accessioned2019-11-06T23:22:18Z
dc.date.available2019-11-06T23:22:18Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://repositorio.unlz.edu.ar:8080//handle/123456789/248
dc.description.abstractEl largo incumplimiento que lleva el mandato constitucional del art. 75 inciso 2, y vencido el plazo previsto en las disposiciones en las disposiciones transitorias nos hace analizar la posibilidad de plantear por parte de las provincias, vía de amparo o de la acción declarativa la inconstitucionalidad por omisión legislativa, propiciando que así se la declare en un “caso o controversia” y se emplace a los poderes renuentes a propiciar una ley marco para la efectivización de esas tratativas, diseñando representación de las provincias y de la Ciudad Autónoma, y del Gobierno Nacional; estableciendo tiempos para recepción de proposiciones en cuanto a criterios de distribución, información, datos; formalización y concreción de esas tratativas en un anteproyecto o iniciativa vinculante para el Poder Ejecutivo, no susceptible de ser modificada ya que tampoco podría ser reglamentada la sanción de la ley, y estableciendo un plazo para el envío del mensaje al Senado de la Nación.es
dc.language.isoeses
dc.publisherFacultad de Derecho de la Universidad Nacional de Lomas de Zamoraes
dc.subjectLawen
dc.subjectJurisprudenceen
dc.subjectPublic lawen
dc.subjectConstitutional lawen
dc.titleDeclaración de inconstitucionalidad por omisión y la coparticipación federales
dc.typeArticlees


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